martes, 20 de enero de 2009

LA SEMANA SANTA 2009

año a diferencia del anterior en que el mes de febrero fué bisiesto y la Semana Santa se adelantó al mes de marzo, podemos ver como estas fiestas vuelven a caer en este año 2009 al mes de Abril. El hecho de que la Semana Santa no caiga siempre en el mismo periodo se debe a que la Iglesia se rige por el calendario lunar que es el que utilizan los judíos para que de esta manera la muerte de Jesús sea siempre el mismo día teniendo en cuenta dicho calendario lunar. Concretamente la Semana Santa del 2009 abarcará desde el día 5 de abril hasta el 12 de abril. 25 de febrero es el miércoles de ceniza. 1 de marzo es Domingo de Cuaresma. 5 de abril corresponde al Domingo de Ramos. 9 de abril es Jueves Santo. 10 de abril es Viernes Santo. 12 de abril es Domingo de Pascua. 31 de mayo Domingo de Pentecostés. 14 de junio Domingo de Corpus Christi

Explicacion Cientifica del Aborto

1. El Aborto Marco teórico conceptualQué es el Aborto.- Es la interrupción dolosa del proceso fisiológico del embarazo causando la muerte del producto de la concepción o feto dentro o fuera del claustro materno, viable o no. Principales Consideraciones La expresión aborto deriva de la expresión latina Abortus: Ab=mal, Ortus=nacimiento, es decir parto anticipado, privación de nacimiento, nacimiento antes del tiempo.Nuestro ordenamiento legal en el capítulo de aborto, tutela la vida humana dependiente, es decir de aquella vida humana que no tiene la calidad de persona, es un ser concebido pero no nacido, una esperanza de vida intra uterina.El feto no es todavía una persona humana, pero tampoco es una cosa.El feto solo deviene en persona con el nacimiento, por lo que su aniquilamiento no constituye delito de homicidio.Se entiende por delito de aborto, aquel cometido de manera intencional, y que provoca la interrupción del embarazo, causando la muerte del embrión o feto en el claustro de la madre o logrando su expulsión. Para la ejecución del delito se requiere: - que la mujer esté embarazada- que el embrión o feto esté vivo En caso que no se dieran los presupuestos señalados, estaríamos ante un delito imposible por la absoluta impropiedad del objeto.Nuestro código penal, considera al aborto terapéutico como único caso no punible.Contempla así mismo nuestro ordenamiento dos condiciones para el aborto:- Ética, cuando la mujer resulta embarazada como consecuencia de una violación.- Eugenésica, cuando existe la probabilidad que el niño nazca con graves taras físicas o psíquicas.

La Iglesia y el Aborto

La lucha encarnizada de la jerarquía de la Iglesia Católica en contra de todo tipo de aborto -aún el terapéutico, contemplado en nuestra legislación desde 1921- la llevan a defender posiciones 'en contra de la vida'.La Agencia Informativa Católica Argentina (AICA) difundió la semana pasada un comunicado del Secretariado Nacional de la Familia, entidad que depende de la Conferencia Episcopal Argentina, en el cual no sólo desconoce la ley penal argentina, sino que confunde a la opinión pública con términos jurídicos inexistentes y hasta se permite amenazar a los jueces del Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos. Estos, aplicando el artículo 86 del Código Penal, autorizaron el aborto a una joven discapacitada mental, que había quedado embarazada luego de una violación.Aunque algunos funcionarios judiciales y médicos se hagan los distraídos, influidos por esa prédica reaccionaria de la Iglesia en contra del aborto, la norma penal es clara y autoriza a practicarlo en dos supuestos: 1) cuando corre peligro la vida de la madre; y 2) cuando ha sido fruto de una violación sobre una mujer con discapacidad mental.Sin embargo, en su cruzada contra cualquier tipo de interrupción del embarazo y aún en estos dos casos que la ley autoriza, la Iglesia Católica ha llegado a tomar posiciones reñidas con la moral que dice defender.Por ejemplo, el caso de la joven santafesina Ana María Acevedo, quien murió en mayo pasado luego de que los médicos se negaran a practicarle un aborto, a pesar de haberlo solicitado sus padres (Ana María era menor de edad) y a tiempo, pues su embarazo era de tan sólo 3 semanas de gestación. El pedido fue porque la joven tenía cáncer y debía comenzar con sesiones de quimioterapia, incompatibles con el embarazo. En el hospital le dijeron que no había peligro para su vida y que luego de dar a luz, comenzarían con el tratamiento contra el cáncer.Quienes actuaron supuestamente en 'defensa de la vida' provocaron, por negarse a aplicar la ley (que autorizaba en este caso el aborto por correr peligro la vida de la madre), la muerte de la bebé, que nació a las 24 semanas de gestación y que sólo pudo vivir un par de horas. Ana María murió pocos días después, luego de permanecer en coma, y dejando huérfanos a sus tres pequeños hijos.Como ocurre con la mayoría de las protagonistas de estas historias, Ana María era mamá soltera, joven y pobre, las víctimas predilectas de la principal causa de muerte en las mujeres en Latinoamérica: las derivadas de abortos no realizados a tiempo ni en condiciones sanitarias adecuadas.Ejemplo de hipocresíaEl segundo caso, más reciente, también ejemplifica la hipocresía de quienes dicen 'defender la vida'.La madre de una joven entrerriana de 19 años, con una edad mental de 5, pidió que le practicaran un aborto a su hija, quien había quedado embarazada luego de una violación, supuestamente de alguien cercano a la familia. Una funcionaria judicial, asumiendo la defensa del 'niño por nacer', pidió a una jueza que impidiera la práctica de ese aborto, y ésta le hizo lugar.Afortunadamente, el caso tomó estado público, intervinieron las organizaciones defensoras de los derechos de la mujer y el Tribunal Superior de Justicia resolvió con celeridad autorizando la práctica del aborto, por encuadrarse dentro del 2º inciso del art. 86 del Código Penal.Durante el desarrollo de estos hechos, apareció el padre de la joven discapacitada, quien había abandonado a su mujer y a su hija 15 años atrás. Se presentó con el patrocinio de un abogado de la Iglesia, y pidió que se rechace la petición de la madre de su hija, porque él podía 'hacerse cargo de su nieto'.El Tribunal Superior de Justicia no hizo lugar a su pedido y esta actitud ha enfurecido a la curia, que hoy pide el juicio político de estos magistrados.¿Qué mensaje pretende transmitir la Iglesia si, en su afán por combatir el aborto, defiende a un padre que durante 15 años abandonó e ignoró a su hija? ¿Cómo puede otorgar defensa legal a quien olvida sus deberes de padre, doblemente reprochable por tener su hija una discapacidad mental? ¿Cómo puede pensarse que ese hombre, si no se ocupó en 15 años de su hija, puede hacerlo con un futuro nieto? ¿Por qué no estaba a su lado como padre cuando su hija era víctima de una violación de alguien que se aprovechó de su debilidad mental para forzarla y dejarla embarazada? Y sucedidos los hechos, en lugar de recapacitar y protegerla, la vuelve a victimizar pretendiendo que continúe con un embarazo fruto de una relación abusiva y violenta, todo ello 'en defensa de la vida'.Semejante hipocresía ofende a cualquier persona honesta.Innovación jurídicaEl comunicado de la Secretaría de la Familia, innova hasta en la terminología jurídica, al referirse al aborto como 'homicidio intrauterino'.No existe semejante categoría en el derecho penal, pues para que haya homicidio, la víctima debe ser una persona (por ejemplo, no hay homicidio de un animal). Si bien el Código Civil reconoce la existencia de las personas 'desde la concepción en el seno materno', la supedita al nacimiento con vida. El artículo 74 del Código Civil prescribe que si el niño muere antes de estar completamente separado del seno materno, 'se considera como si nunca hubiera existido'. Lo dice Dalmacio Vélez Sársfield, no las organizaciones de mujeres que defienden el derecho al aborto.No contento con amenazar a los integrantes del Tribunal Superior de Justicia con el juicio político, el Secretariado Nacional de la Familia titula el comunicado con la frase 'cuando el gobierno mata, muere la democracia'.Semejante proclama, de tinte golpista, sorprende por provenir de la Iglesia Católica, cuya jerarquía no defendió demasiado la democracia durante la última dictadura militar, sino que por el contrario, obispos como Raúl Primatesta en Córdoba o Antonio Plaza En La Plata y hasta el nuncio apostólico Pío Laghi, entre muchos otros, fueron denunciados por los organismos de derechos humanos por no haber denunciado los crímenes del terrorismo de Estado y negarse a ayudar a los familiares que acudían a ellos en procura de saber adónde estaban los desaparecidos.El caso más actual es el del capellán Christian Von Wernich, quien no ha sido separado de la Iglesia a pesar de las gravísimas acusaciones por las que está siendo juzgado en el Tribunal Oral de La Plata. Nada ha dicho la jerarquía eclesiástica, pese a las diarias declaraciones de los testigos que lo involucran en hechos incompatibles con la condición humana.El premio Nobel de la Paz y titular del Servicio Paz y Justicia, Adolfo Pérez Esquivel, recordó en un reciente reportaje que, cuando tuvo oportunidad de entrevistarse con Juan Pablo II, en plena época del gobierno militar, para exponerle el drama de los niños nacidos en cautiverio y apropiados por los represores, obtuvo como fría respuesta del papa polaco que tenía que preocuparse de los niños de los países comunistas. Sin palabras.

sábado, 3 de enero de 2009

El Perfil Del Misionero

Perfil del Misionero • El misionero es una persona enamorada del Reino, que ve y gusta la acción de Dios en los pueblos y culturas. Tiene una profunda espiritualidad misionera, es el hombre de las bienaventuranzas. • Se siente enviado, como Jesús lo fue del Padre, realizando el proyecto de Dios en medio de los hombres. • Es una persona de buen corazón, portador de consuelo, reflexivo sobre la realidad a la que va encaminado a trabajar, comunitario, fraternal, capaz de dar el testimonio que el mundo espera. • Es capaz de arriesgarse, Va a donde otros no se animan a ir. • Opta con decisión privilegiando los grupos humanos y lugares más difíciles, donde todavía no ha penetrado el mensaje de Cristo, o ha penetrado en forma suficiente. No le asusta partir más allá de las fronteras. • Su conciencia misionera es tan amplia como el mundo, está abierto a otras culturas y a renovarse constantemente frente a la novedad y al cambio que las situaciones y la gente exigen. • Tiene como un sentido y un instinto de "éxodo" y de "itinerancia" al estilo de Abraham y del Pueblo de Dios peregrino. • Está preparado y entrenado por su formación a trabajar en equipo, con sentido de comunión y de participación. • Tiene también, en vista a su trabajo misionero específico, una preparación cultural adecuada. • Sabe hacer un buen análisis de la realidad, con un profundo sentido humano. • Procede con discreción y humildad, no pretende ser siempre protagonista. Le da a cada uno su propio lugar. • Está dispuesto a caminar y respetar el ritmo de la gente, con mucho sentido de adaptación. • Sabe ser también animador misionero de su propia Iglesia de origen, ayudándola a abrirse a la Iglesia Universal. • Es un agente válido para la promoción humana, y su servicio es gratuito. • Descubre con su sensibilidad misionera las necesidades de integrar esta dimensión en todos los aspectos de la vida cristiana y eclesial.